DETERMINACIÓN DE LA EDAD BIOLÓGICA DE LOS MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS DEL ATLAS DE GREULICH Y PYLE A ORTOPANTOMOGRAFÍA DEL TERCER MOLAR (DIENTE 38).



ARGUMENTARIO DE PRUEBA DE DETERMINACIÓN DE LA EDAD BIOLÓGICA DE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS DEL ATLAS DE GREULICH Y PYLE A ORTOPANTOMOGRAFÍA DEL TERCER MOLAR (DIENTE 38).

FUNCIÓN PÚBLICA
GOBERNANZA Y GESTIÓN PÚBLICA: ACTORES EMPRESARIALES
CRECIACIÓN DE VALOR EN EL SECTOR PÚBLICO: MAXÍMAMIZACIÓN DE FINES Y MINIMIZACIÓN DE MEDIOS.

IDEA VALIOSA: ORTOPANTOMOGRAFÍA REDUCE EN UN 78.9 % LOS FALSOS POSITIVOS QUE GENERAN CON EL ATLAS DE GREULICH Y pYLE
RESPALDO POLÍTICO:ESTOY ANCLADO EN ESTA ETAPA
VIABILIDAD OPERATIVA: EL TEXTO QUE DESARROLLO


I.- INTRODUCCIÓN.

El artículo referenciado en el asunto que hace referencia a la determinación de la edad cronológica en la población española y magrebíe siguiendo el método Demirjian mediante una ortopantomografía del tercer molar.

La prueba que se aplica actualmente es la radiografía de rayos X del carpo izquierdo de la muñeca y la comparativa con los datos del Atlas Greulich y Pyle, que tiene un error de 18-24 meses, y dependiendo del radiologo o radiologa que las interprete. Una de las mayores críticas a esta prueba es que la cosificación del carpo izquierdo se acaba sobre los 15 años.

Yo conozco y mantengo contacto con uno de los autores, Pedro García Fortea (1) que está dispuesto a colaborar en el caso que se estime oportuno esta propuesta

Por otra parte, la Resolución de 13 de octubre de 2014, de la Subsecretaria, por la que se publica el Acuerdo para la aprobación del Protocolo Marco sobre determinadas actuaciones en relación con los Menores Extranjeros No Acompañados (BOE núm.: 252, de 16.10.2014), en sus páginas 83908 y 83909, hace alusión a las dos pruebas de determinación de la minoría de edad, copio literalmente el referido apartado (2).
II.- PRUEBAS A REALIZAR Y COSTES ECONÓMICOS Y LUCRO CESANTE.

Corresponde a los facultativos médicos según las leyes de su ciencia determinar las pruebas adecuadas y suficientes para eliminar la inseguridad sobre la minoría de edad del extranjero afectado. Se recomienda seguir los parámetros y pautas de actuación fijadas en las Conclusiones de la Jornada de Trabajo sobre Determinación Forense de la Edad de los MENA. Documento de Consenso de Buenas Prácticas entre los Institutos de Medicina Legal de España. En: Revista Española de Medicina Legal. 2011, Vol. 37, número 1, enero-marzo.

Cualesquiera que sean las pruebas practicadas tendentes a determinar el grado de maduración ósea o dental (prueba radiológica del carpo izquierdo de la muñeca y examen de la dentición, en particular del tercer molar, por medio de una ortopantomografía, radiografía de la clavícula para la cuantificación de los cambios de osificación), será preceptivo el previo examen físico y personal del interesado.

El coste medio de una ortopantomografía en el mercado privado es de 25 € a 30 €, por lo tanto, para pilotar la experiencia se podría llegar a conveniar la realización de la misma con clínicas privadas, si la administración no dispone de ortopantomografos disponibles.

El lucro cesante del coste de un menor MENA, estimativo en los diferentes programas que sigue, es el siguiente:

CENTRO ACOGIDA INMEDIATA, gestión privada (tres meses, 90 días X 100 €/día? = 9.000.00 €.
En los centros gestionados por la Administración el coste es 5 veces mayor.

RESIDENCIAL BÁSICO gestión privada,1 año. 365 días X 60 €/día = 21.900.00 €.

RESIDENCIAL BÁSICO gestión privada, 2 años: 730 días X 60 €/día = 43.800.00 €.

CENTRO INSERCIÓN SOCIOLABORAL, gestión privada1 año: 365 días 50 €/día = 28.250.00 €.

CENTRO IN2SERCIÓN SOCIOLABORAL, gestión privada años: 730 días X 50 €/día = 36.500.00 €.

TRASTORNOS DE CONDUCTA, gestión privada, 1 año: 365 días X 122,00 €/día = 44.530,00 €.

TRASTORNOS DE CONDUCTA, gestión privada, 2 años: 730 días X 122,00 €/día = 89.060,00 €.

TRASTORNOS DE PERSONALIDAD, gestión privada, 1 año: 365 días X 122,00 €/día = 44.530,00 €.

TRASTORNOS DE PERSONALIDAD 2 años: 730 días X 122,00 €/día = 89.060,00 €.

DROGODEPENDENCIAS, gestión privada, 1 año: 365 días X 122,00 €/día = 44.530,00 €.

DROGODEPENDENCIAS, gestión privada, 2 años: 730 días X 122,00 €/día = 89.060,00 €.

CONFLICTO SOCIAL, gestión privada, 1 año: 365 días X 80.00 €/día = 29.200, 00 €.

CONFLICTO SOCIAL, gestión privada, 2 años: 730 días días X 80.00 €/día = 58400,00 €

SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL: Desconozco su coste

ACOGIMIENTO RESIDENCIAL EN CENTROS DE INTERNAMIENTO CON MEDIDAS JUDICIALES: Desconozco su coste.

DAÑOS FÍSICOS Y MORALES SOBRE LAS PERSONAS QUE COMETEN DELITOS Y SU CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA.

III.- RECURSOS DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES (MENORES EN CONFLICTO CON LA LEY)

En nuestro ámbito autonómico, el Decreto 98/2015, de 3 de marzo, por el que se regula la organización, funcionamiento y características de los centros de internamiento de menores infractores en Andalucía y se crea la Comisión Andaluza de Centros de Internamiento de Menores Infractores, en su artículo 2.1, define los centros como: establecimientos especializados para la ejecución de medidas privativas de libertad y medidas cautelares de internamiento impuestas por los jugados de menores de conformidad con la LORPJ. Son centros de internamiento diferentes a las previstos en la legislación penitenciaria para la ejecución de condenas penales y medidas cautelares privativas de libertad impuestas a los mayores de edad penal”.

Para dar cumplimiento a este mandato legal, Andalucía cuenta con una red de centros de internamiento de menores infractores, formada por tanto por centros de gestión propia como gestionados a través de entidades privada, que le permite satisfacer la demanda de plazas para la ejecución de las medidas privativas de libertad y cumplir con su doble función sancionadora y educativa.

Durante el último semestre de 2015, se licitaron los contratos administrativos correspondientes a los 14 centros de internamiento de gestión indirecta y 30 centros y servicios de medio abierto. La duración de los contratos es de 48 mensualidades comprendiendo desde el 1 de enero de 2016 a 31 de diciembre de 2019, transcurridos los cuales se podrá prorrogar hasta 24 meses, exceptuando los contratos del servicio de mediación que durarán 2 años, con posibilidad de prórroga por otros dos años.

AGENTES DEL SISTEMA DE JUSTICIA JUVENIL.

La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (3), traza la líneas básicas del sistema de justicia juvenil, atribuyendo competencias a los diversos agentes implicados en la ejecución de las medidas impuestas a los menores de edad .

La entidad pública.

La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, se encara de planificar, coordinar, gestionar y supervisar los recursos ubicados en la Comunidad Autónoma para la ejecución de las medidas jusdicailes impuestas a menores.

1º.- Medidas privativas de libertad o medio abierto.

1.1.- Tratamiento ambulatorio de salud mental o drogodependencias.
1.2.- Asistencia a centro de día.
1.3.- Libertad vigilada.
1.4.- Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo.
1.5.- Prestaciones en beneficio de la comunidad.
1.6.- Realización de tareas socioeducativas.
1.7.- Permanencia de fines de semana en domicilio.

2º.- Mediación penal de menores.

Además de las medidas enumeradas, la legislación penal de menores contempla el recurso a la mediación extrajudicial para determinados delitos o faltas, siempre por derivación del ministerio fiscal o juez de menores.

3º.- Medidas privativas de liubertad.

3.1.- Internamiento en régimen cerrado.
3.2.- Internamiento en régimen semiabierto.
3.3.- Internamiento en régimen abierto.
3.4.- Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto.
Esta medida supone una atención “atención educativa especializada o tratamiento específico dirigido a apersonas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, un estado de dependencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas o alteraciones en la percepción que determinen alteración grave de la conciencia de la realidad”.
3.5.- Permanencia de fin de semana en centro.

REFERENCIAS:


(1)  Martin-de las Heras, S, Pedro Garcia-Fortea, Angie Ortega, A,  Zodocovich, S y Valenzuela, A (2008) Third molar development according to chronological age in populations from Spanish and Magrebian origin, en Foensic science international, Volume 174m, issue Pages 47-53, recuperado el 23/05/2018,  https://scholar.google.com/citations?ser=Kl3fX5Ie3kMC&hl=en#d=gs_md_cita-d&p=&u=%2Fcitations%3Fview_op%3Dview_citation%26hl%3Den%26user%3DKl3fX5Ie3kMC%26citation_for_view%3DKl3fX5Ie3kMC%3AufrVoPGSRksC%26tzom%3D-120

(2) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-10515

(3) https://www.boe.es/buscar/pdf/2000/BOE-A-2000-641-consolidado.pdf


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